Ya se encuentra abierto el plazo para la solicitud del Bono Energía Pyme 2024, una nueva convocatoria de un programa que contará con un presupuesto de 3 millones de euros orientado a la mejora de las instalaciones energéticas para pymes y autónomos dentro del sector servicios.
Este bono está especialmente pensado para que los negocios puedan sufragar las obras de mejora de las instalaciones eléctricas, tanto por motivos de seguridad como para mejorar la relación con el medioambiente.
Se subvencionarán las inversiones en equipos consumidores de energía o elementos que contribuyan a una gestión energética eficiente.
Son proyectos subvencionables o inversiones en equipamientos consumidores de energía o elementos que contribuyan a una gestión energética eficiente incluidos en las siguientes tipologías de actuación:
- a) Bono asesoramiento energético.
- b) Bono envolvente.
- c) Bono iluminación.
- d) Bono instalación eléctricas.
- e) Bono equipamiento.
- f) Bono climatización.
- g) Bono inmótica
De igual manera, la Xunta mantiene la ayuda para asesoramiento energético mediante las auditorías energéticas de cara a realizar un diagnóstico preciso de las necesidades de cada negocio.
La cuantía de la subvención será del 80 % del coste. Con carácter general, se establece una ayuda máxima de 6.000,00 euros por solicitud. la ayuda de asesoramiento energético no computa a efectos del máximo marcado por la Xunta.
El bono contempla para los beneficiarios la solicitud de un anticipo de hasta un 50% de la ayuda sin que se necesario la presentación de avales.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos que tengan domicilio social o centro de trabajo en Galicia y cuya actividad esté incluida entre las siguientes secciones del CNAE 2009:
Sector servicios-sección CNAE 2009 | División |
Sección G: comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor y motocicletas | 45 a 47 |
Sección H: transporte y almacenamiento | 49 a 53 |
Sección I: hostelería | 55 a 56 |
Sección J: información y comunicaciones | 58 a 63 |
Sección K: actividades financieras y de seguros | 64 a 66 |
Sección L: actividades inmobiliarias | 68 |
Sección M: actividades profesionales, científicas y técnicas | 69 a 75 |
Sección N: actividades administrativas y servicios auxiliares | 77 a 82 |
Sección P: educación | 85 |
Sección Q: actividades sanitarias y de servicios sociales | 86 a 88 |
Sección R: actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento | 90 a 93 |
Sección S: otros servicios | 94 a 96 |
Si necesitas asesoramiento en la gestión de estas subvenciones y quieres aprovechar al máximo esta oportunidad para impulsar proyectos energéticos sostenibles Igleva, está aquí para ayudarte. Para mas información: ayudas@igleva.com.
Si necesita consultar algún tema no dude en hacérnoslo saber.